Trabajadores de labores agropecuarias con seguridad social

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La actual pandemia por COVID 19, genera riesgos altos sobre los trabajadores del sector agropecuario, en tal sentido, hoy es importante que los empleadores, como está establecido en la ley, amparen la salud y seguridad en el desarrollo de las labores que desarrollan sus colaboradores, con las afiliaciones a los Sistemas de Seguridad Social, de tal forma, que, si llegan a ser contagiados por el desarrollo de sus actividades laborales en el campo, sean cubiertos por las aseguradoras de riesgos, salud o pensión, extinguiendo de esta forma los pagos particulares que deberían asumirse por parte del contratante.

Para desarrollar las actividades agropecuarias, el riesgo al que pertenecen este grupo de trabajadores, es el Riesgo II, con porcentaje de cotización del 1.044%; en caso de los trabajadores que desarrollan sus labores agropecuarias y adicionalmente realizan actividades de transformación industrial, como los paneleros, tendrán que ser amparados por la cotización de Riesgo III, con porcentaje de cotización del 2.436%.

Con lo anteriormente expuesto, observamos sobre la alta importancia, en que se avance por parte de los empresarios agropecuarios, en la formalización del trabajo rural, como un beneficio mutuo para el empleador y el trabajador y en cumplimiento de lo establecido legalmente en Colombia en referencia a lo laboral.

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